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Resistencia injustificada a revisar votos nulos: un ataque a la igualdad constitucional y la democracia

Posted on 08/12/2023

La negativa de la Junta Electoral Provincial de Madrid (JEPM) y la Junta Electoral Central (JEC) a revisar los más de treinta mil votos nulos contabilizados en la circunscripción a solicitud del PSOE, pone en tela de juicio el ejercicio del derecho constitutivo de la igualdad constitucional y, por tanto, de la democracia. La igualdad constitucional es un derecho fundamental que garantiza la participación política de todos los ciudadanos españoles, y cualquier obstáculo a su ejercicio debe ser analizado con rigor y transparencia.

La decisión de las Juntas Electorales de no revisar los votos nulos debería estar fundamentada en argumentos sólidos e indiscutibles, pero en este caso, no parece haber razones de peso para negar la solicitud del PSOE. La justificación de la JEC, basada en la inviabilidad de cumplir con los plazos legalmente establecidos, no es un argumento válido, ya que la trascendencia del ejercicio del derecho en cuestión es mucho más importante que el tiempo que pueda llevar su revisión.

Además, esta negativa no solo pone en duda la constitucionalidad de la decisión, sino que también puede conducir a un proceso judicial más largo y complicado. El PSOE podría presentar un recurso contra la proclamación de candidatos electos ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS) y, eventualmente, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC). Este proceso podría durar meses y, aunque el candidato en cuestión pueda tomar posesión de su acta mientras se resuelve el recurso, su posición estaría en riesgo si la sentencia fuera favorable al recurrente.

La negativa a revisar los votos nulos genera interrogantes sobre las motivaciones de las Juntas Electorales. ¿Se debe a la desidia de enfrentarse a una tarea complicada en un momento de calor intenso, o a la sospecha de que, si se revisan los votos, el PP podría perder un escaño? En cualquier caso, la justicia no solo debe ser aplicada, sino también parecer que se aplica, y en las resoluciones de la JEPM y la JEC, esa apariencia brilla por su ausencia.

Esta situación pone de manifiesto la necesidad de revisar y mejorar los mecanismos de control y garantía de los derechos fundamentales en nuestro país. La igualdad constitucional y la participación política son pilares básicos de nuestra democracia, y no podemos permitir que se vean amenazados por decisiones arbitrarias o poco fundamentadas. Es fundamental que las instituciones encargadas de velar por estos derechos actúen con responsabilidad, transparencia y compromiso con los valores democráticos, y no se dejen llevar por intereses partidistas o conservadores que puedan socavar la confianza de la ciudadanía en nuestro sistema político.

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